El verdadero problema para el matrimonio igualitario es vencer los prejuicios de los diputados
25 abril, 2019

El verdadero problema para el matrimonio igualitario es vencer los prejuicios de los diputados

Por María Elena Yrízar Arias

El matrimonio igualitario es la institución que reconoce legal y socialmente un matrimonio formado por dos personas del mismo género.La American Psychological Association, American Psychiatric Association y National Association of Social Workers han dicho en un comunicado Amicus curiae presentado en el Tribunal Supremo de California, EU, lo siguiente: La homosexualidad no es ni un trastorno ni una enfermedad, sino una variante normal de la orientación sexual humana. La inmensa mayoría de gais y lesbianas viven vidas felices, sanas, bien adaptadas y productivas.

Muchos gais y lesbianas mantienen relaciones permanentes con personas del mismo sexo. En términos sicológicos esenciales, estas relaciones son el equivalente de las relaciones heterosexuales. La institución del matrimonio permite a los individuos un rango de beneficios que tienen un impacto favorable en su bienestar físico y mental.

Un gran número de niños están siendo criados actualmente por lesbianas y gais, tanto en parejas del mismo sexo como madres y padres solteros. La investigación empírica ha mostrado de manera consistente que los progenitores homosexuales no se diferencian de los heterosexuales en cuanto a habilidades parentales, y que sus hijos no muestran ningún déficit comparados con hijos criados por progenitores heterosexuales.

Las políticas estatales que vetan el matrimonio entre personas del mismo sexo se basan exclusivamente en la orientación sexual. En México, la legalización de los matrimonios de personas del mismo sexo se inició a escala local desde 2009, cuando la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó el matrimonio entre personas del mismo sexo, el 4 de marzo de 2010, cuando entró en vigor la reforma a la ley aprobada el 21 de diciembre de 2009, que permitió modificar el artículo 146 del Código Civil del mismo DF, para que tuviera un lenguaje neutro, en el que se pasa de definir el matrimonio como la unión libre de un hombre y una mujer, a la unión libre de dos personas.

Posteriormente los estados como Quintana Roo, Coahuila y Chihuahua ya que cuentan con legislaturas locales que han hecho el reconocimiento de los matrimonios entre personas del mismo sexo, es decir, la ley local contempla estos matrimonios, lo que vuelve más sencillo este tipo de uniones y las hace más simples. Lo único que han hecho estas legislaturas es legitimar las uniones que ya existen y que el objetivo es que surta efectos jurídicos en beneficio de la pareja.

Para comprenderlo mejor, el matrimonio da derecho al IMSS, al ISSSTE, a recibir alimentos, herencias, pensiones por viudez, seguros médicos particulares, entre muchos otros derechos, como los tienen los matrimonios heterosexuales. El 3 de junio de 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una tesis jurisprudencial que declara inconstitucionales los Códigos Civiles de las entidades del país en donde el matrimonio se entiende sólo como la unión entre un hombre y una mujer y que tiene como fin la procreación. La resolución expone que pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quien puede acceder a la institución matrimonial con la procreación, es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales.

Así que el criterio de la Corte de Justicia mexicana, considera que los matrimonios de personas del mismo sexo son válidos, lo que sentó un precedente de “tesis jurisprudencial” que no invalida las leyes estatales, lo que significa que las parejas tienen que demandar por el derecho a casarse y esperar que los juzgados de distrito fallen en cada caso concreto que promueva la garantía de sus derechos individuales. La decisión dio a parejas del mismo sexo el derecho a solicitar una orden judicial, mediante la tramitación de un juicio de garantías constitucionales, también llamado juicio de amparo en contra de las leyes estatales que prohíben el matrimonio entre homosexuales; aunque no es técnicamente la legalización de las uniones del mismo sexo en todo el país, fue un paso importante en esa dirección.

La Suprema Corte de Justicia también emitió un fallo a favor de los matrimonios del mismo sexo en 2010, diciendo que los realizados en la Ciudad de México son válidos en todo el país. Pero en la legislación del Congreso potosino es diferente la percepción que se tiene sobre este tema, la prueba de ello es la postura de la Comisión de Justicia, que por mayoría de votos rechazó el dictamen de matrimonios de parejas del mismo sexo. Pero ¿con qué argumentos? Pues, no lo sabemos a ciencia cierta. Lo que sí se supo es que los legisladores que votaron a favor de la propuesta fueron Paola Arreola, del PT, y Marite Hernández Correa, de Morena, mientras que Edgardo Hernández, del PVEM; Rubén Guajardo y Sonia Mendoza, del PAN, y María del Rosario Sánchez Olivares, del PRI, se pronunciaron en contra.

El referido dictamen deberá pasar a análisis y votación a la Comisión de Derechos Humanos, Igualdad y Equidad de Género en donde esperemos que los diputados se ilustren más sobre el tema, o sus asesores se pongan a estudiar sobre el matrimonio igualitario. Digo, para que sean más justos y entiendan que la labor de un legislador es hacer leyes para el pueblo y es en el pueblo donde se dan las parejas que necesitan casarse.

Lo único que deben hacer es legitimar esas uniones que existen de facto. Si no lo creen, pues, vean a su alrededor. En la opinión de la diputada Alejandra Valdés Martínez, vicepresidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Igualdad y Equidad de Género, según ella: hay una “evidente presión” por parte de la Iglesia que influyó en sus compañeros para rechazar el dictamen. El reconocimiento del matrimonio igualitario implica un cambio sustancial en los derechos y protección de las personas. En este caso, personas del mismo sexo, que también tienen sus derechos y obligaciones.

El verdadero problema que existe entre los diputados de la actual Legislatura estatal, son sus prejuicios a vencer. Hablando sobre el tema, un prejuicio es una opinión, por lo general de índole negativa, que nos hemos formado sobre algo o alguien de manera anticipada y sin el debido conocimiento. En este sentido, el prejuicio es la acción y efecto de prejuzgar. Prejuzgar, como tal, significa juzgar las cosas antes del tiempo oportuno y muchas veces sin razón o conocimiento de causa. Los diputados no deben votar por sus convicciones personales.

Deben acordarse de que representan al pueblo, por lo tanto votan a nombre del pueblo. Además, si ellos no quieren tener una pareja de su mismo sexo, es asunto personal de ellos. No legislan a su gusto. Legislan conforme a las necesidades sociales. Y el matrimonio entre personas del mismo sexo es una necesidad social. El reconocimiento del matrimonio igualitario implica un cambio sustancial en los derechos humanos. Ojalá lo entiendan. El objetivo es simplificar las cosas y entender que el matrimonio igualitario sólo es la unión libre entre dos personas. Olvídense del sexo, sólo se buscan el reconocimiento legal irrestricto. Así de simple.

mariaelenayrizararias@gmail.com

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