*.- Leyes de la materia contemplan excepciones a Invitación Restringida y Licitación Pública, pero entes municipales no integran expedientes de manera correcta.
*.- Necesario reforzar leyes de Adquisiciones y Obra Pública para endurecer penas y promover sanciones ejemplares: Rodrigo Lecourtois, Auditor Superior del Estado.
*.- El INEGI reporta que en el 2024, el 98% de las adjudicaciones en Municipios no se hicieron bajo los lineamientos legales.
En relación con el Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Demarcaciones Territoria-les de la Ciudad de México (CNGMD), dado a conocer por el INEGI, que indica que en 2024 el 98% de las adquisiciones y asignación de obra pública en los municipios se reali-zaron mediante adjudicación directa, Rodrigo Joaquín Lecourtois López, titular del Instituto de Fiscalización Superior del Estado, señaló que las omisiones de los entes obligados en sus procedimientos de adjudicación, son objeto de observaciones recurrentes.
“Tanto la Ley de Adquisiciones como la de Obra Pública, contemplan excepciones para la invitación restringida y licitación pública; sin embargo, los entes auditables que omiten es-tos procedimientos no integran de manera correcta sus expedientes de adjudicación y esto ha sido una constante en nuestras observaciones”, indicó el Auditor Superior del Estado.
“Pero también hemos sido flexibles, porque nos hemos dedicado a capacitar al personal de los municipios y en caso de que tengan dudas para hacer una contratación, estamos abiertos a decirles cómo hacer las cosas, en los peores casos sí vemos que el bien adqui-rido o servicio contratado se encuentra a la vista, aunque pagado a sobreprecio y eso es lo que observamos, porque al haber omitido el procedimiento legal, adquieren o contratan de manera mucho más onerosa en perjuicio de la ciudadanía”, continuó.
Rodrigo Lecourtois manifestó en este sentido, que es necesario trabajar de la mano con el Poder Legislativo para reforzar las leyes en materia de Adquisiciones y de Obra Pública, que ya fueron reformadas a nivel federal, sin haberse homologado aún en el estado, e integrar candados a los mecanismos de excepción que permiten omitir los procedimientos de invitación restringida y licitación pública con relativa facilidad.
“Desde el ámbito legal, hace falta endurecer las penas y castigar de manera ejemplar a los funcionarios que indebidamente recurren a estas prácticas”, insistió. Reveló asimismo, que el censo del INEGI es cuantitativo más no cualitativo, “nos muestra el uso abusivo de esta figura de adjudicación pero no abunda en datos sobre la contratación y los procedimientos en sí”, concluyó.







