Se aplaza 4 meses la prohibición de las bolsas de plástico
26 septiembre, 2019

APRUEBAN APLAZAR CUATRO MESES LA ENTRADA EN VIGOR LA REFORMA AL DECRETO LEGISLATIVO 1203, EN RELACIÓN A LA PROHIBICIÓN PARA ENTREGA DE BOLSAS DE PLÁSTICO Y POPOTES EN CENTROS COMERCIALES.

 

 

S.L.P.En Sesión Ordinaria, fue aprobada por unanimidad la reforma al Decreto Legislativo 1203, en relación a la prohibición para entrega de bolsas de plástico y popotes en centros comerciales, a fin de aplazar cuatro meses la entrada en vigor del mismo, y con ello realizar las adecuaciones necesarias al mismo para dotar de mayor claridad esta disposición.

Luego de acordar por unanimidad de 24 votos a favor, el dispensar los trámites para la iniciativa; también se aprobó por unanimidad de 23 votos a favor, la reforma a los Artículo Tercero y Cuarto Transitorios, del Decreto 1203, publicado en el Periódico Oficial el 01 de octubre del año 2018. Con esta reforma, se aplaza su entrada en vigor al 1 de febrero de 2020, y no al 2 de octubre del 2019 próximo como se encontraba establecido en Decreto respectivo.

La iniciativa, presentada por el diputado Cándido Ochoa Rojas, señala que el Decreto 1203, publicado en el Periódico Oficial el 01 de octubre del año 2018, se reformó el artículo 104, Fracción V, inciso c), de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, estableciéndose la prohibición a los establecimientos comerciales y mercantiles de proporcionar a sus clientes bolsas de plástico desechable para el traslado de mercancías, ya sea de manera gratuita o a la venta para ese propósito, incluyéndose las bolsas plásticas desechables para el acarreo de los productos comercializados, o artículos que hayan recibido un servicio suministrado dentro del establecimiento comercial y mercantil.

Conforme al transitorio Tercero del propio Decreto 1203, la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental dispondría de un lapso de trescientos sesenta y cinco días posteriores a la vigencia de este Decreto, para promover mediante campañas de difusión, la no utilización de popotes de plástico, y bolsas plásticas desechables; así como impulsar el uso de reusables, biodegradables, y compostables.

Así, transcurrido dicho término, los establecimientos comerciales y mercantiles que incurran en desacato, serán acreedores a lo establecido en el artículo 159 fracción I y 160 de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí. Por su parte el transitorio Cuarto, señala que los establecimientos comerciales y mercantiles dispondrán de un lapso de trescientos sesenta y cinco días posteriores a la vigencia del presente Decreto, para terminar su inventario de bolsas plásticas desechables y popotes de plástico; así como para elaborar el plan de sustitución de los mismos.

Agrega que derivado de la aplicación de esa disposición, y ante inquietudes de las autoridades ejecutoras, usuarios, así como de organismos empresariales, como CANIRAC, CANACOPO, Nuestro Centro, y otros; la Comisión de Ecología, convocó a reunión de trabajo celebrada el lunes 23 de septiembre, donde se obtuvo la siguiente información: Acuerdo generalizado para cumplir con el cuidado del medio ambiente e impulsar las leyes que tiendan a ese fin; desconocimiento de los obligados de las excepciones a la sanción por el uso de bolsas de plástico; la Inconformidad de los productores de bolsas de plástico, organismos empresariales y autoridades ejecutoras, al referir no haber sido involucrados en el proceso legislativo, mediante foros o reuniones de trabajo, previo a la aprobación de dicho Decreto; y la solicitud de un plazo, para que entre en vigor el Decreto 1203, para que de oportunidad a los obligados de hacer los pedidos adecuados de bolsas compostables o biodegradables, que son las que evitan la infracción a la norma.

Como se pudo observar en la reunión de trabajo que si bien existe la aceptación de cumplir con la norma hay un descontento generalizado por la forma y términos en que se llevó a cabo la creación de dicho decreto, esto, sin escuchar a los obligados, sin establecer parámetros graduables tanto de aplicación, como de constitución, como de conformación del nivel de biodegradación de esos productos; existiendo también problemas de ausencia de claridad en la determinación de competencias para la vigilancia en el cumplimiento de esa norma y la sanción ante su desacato.

A propuesta de la diputada María Isabel González Tovar, se estableció que este Decreto 1203, en lugar de entrar en vigor el 2 de octubre como está previsto, sea de cuatro meses después, esto es el 1 de febrero del año 2020.

Últimas notas