EN SESIÓN EXTRAORDINARIA, SE APROBARON REFORMAS A LA LEY ELECTORAL DEL ESTADO, EN MATERIA DE REDUCCIÓN DE PLAZOS DE CAMPAÑA
12 agosto, 2026

SE BUSCA RACIONALIZAR Y HOMOGENEIZAR LA DURACIÓN DE PRECAMPAÑAS PARA LA GUBERNATURA, DIPUTACIONES Y AYUNTAMIENTOS A UN PLAZO UNIFORME DE VEINTE DÍAS

En Sesión Extraordinaria, el Congreso del Estado aprobó por mayoría el Decreto que reforma el párrafo primero del artículo 209, el párrafo primero del artículo 257, las fracciones I y II del artículo 319, la fracción I del artículo 477, y el párrafo segundo del artículo 481, de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí, en materia de reducción de plazos de precampañas.

Con la reforma, la pre campaña para la gubernatura del estado, pasa de 40 días a 20 días, en el plazo del 20 de enero al ocho de febrero del año de la elección; y las pre campañas para ayuntamientos y diputaciones locales, pasarán de 25 a 20 días, a desarrollarse del cuatro al 23 de febrero, del año de la elección.

Por ello, con eficiencia operativa que aporta un plazo único у uniforme de 20 días para el desarrollo de las precampañas, se subsanan las discrepancias del esquema vigente al simplificar los periodos de registro de precandidaturas, el monitoreo de medios de comunicación y el cómputo de plazos sancionadores, lo que optimizará la labor del Consejo Estatal Electoral de Participación Ciudadana (CEEPAC).

Asimismo, en materia de fiscalización, la coincidencia temporal de los procesos internos incrementará la eficiencia en la rendición de cuentas, al concentrar las labores de auditoría e inspección en un periodo delimitado.

Además, se incorporan las referencias al inicio del proceso electoral local, el 15 de noviembre del año inmediato anterior al de la elección, ya que en algunos artículos se conservaba la fecha anterior, al dos de enero del año de la elección.

En su artículo transitorio segundo, se establece que “El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana deberá adecuar su normatividad conforme a los parámetros del presente Decreto, respecto al plazo de precampaña para el cargo de gubernatura, diputaciones y ayuntamientos, dentro de los noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor del Decreto”.

En la discusión del dictamen, participaron el diputado José Roberto García Castillo en contra y el legislador Marco Antonio Gama Basarte a favor.

Últimas notas